Dirección del Trabajo emite dictamen que permite a los padres realizar teletrabajo durante las próximas vacaciones escolares de invierno
Este miércoles, la Dirección del Trabajo emitió un dictamen que permite a los padres y madres que trabajan para un empleador realizar sus labores a distancia, mediante el teletrabajo, durante las próximas vacaciones de invierno.
Esto, luego que desde el Ministerio de Educación (Mineduc) se informara este martes que, para evitar una mayor propagación de los casos de Covid en el país, se decidió adelantar el período de descanso de los escolares al 30 de junio, el que se extendería hasta el 25 de julio.
Este dictamen fija el sentido y alcance de la Ley 21.391, que modifica el Código del Trabajo, “estableciendo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo para el cuidado de niños o niñas y personas con discapacidad, en los casos que se indica”.
La ley en cuestión consta de un artículo único, que incorpora el artículo 206 bis al Código del Trabajo, en el que se establece que, en el caso de la autoridad declare estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, o una alerta sanitaria con una ocasión de una epidemia o pandemia, el empleador se encontrará obligado a ofrecer esta modalidad.
El dictamen agrega que la modalidad de trabajo a distancia, o teletrabajo, se mantendrá vigente mientras se mantengan las circunstancias especiales, “salvo acuerdo de las partes”.
Asimismo, indica que la realización de labores a distancia “se realizará sin reducción de remuneraciones, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitieren y el o la trabajadora consintiere en ello”.
Según el dictamen, podrá optar a la modalidad el “trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias y la autoridad adoptare medidas que impliquen el cierre de establecimientos de educación básica o impidan la asistencia a los mismos”.
De acuerdo al documento, quienes necesiten solicitar el trabajo a distancia tendrán que presentar al empleador una declaración jurada en la que conste que el cuidado de sus hijos “lo ejercen sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta”.
En concreto, solo uno de los padres podrá solicitar el poder ejercer sus labores desde casa.
Fuente: La Tercera