Más de medio millón de trabajadores se suman a la suspensión laboral bajo la Ley de protección de Empleo

  • Por Felipe Pinochet.

 

 

La incertidumbre económica se hace cada día más fuerte por la presencia del Covid-19, y este martes 19 de mayo la Superintendencia de Pensiones entregó los nuevos datos de las empresas que se han acogido a la Ley de Protección al Empleo con fecha de cierre del 15 de mayo. En total, fueron 86.070 organizaciones que solicitaron la adhesión a la suspensión laboral, lo que se traduce en un universo de 503.602 trabajadores que han sido aprobados, de un total de 593.615 solicitudes.

 

El boletín anterior había sido entregado el 8 de mayo, entre esa fecha y el 15 de este mes, se sumaron 5.572 empresas, lo que representa, entre una semana y otra, un aumento de 134.460 solicitantes, de los cuales solo 44.447 han sido aprobados.

 

Además, desde que comenzó el sistema a comienzos de abril, de las solicitudes realizadas para suspender los contratos laborales de los trabajadores (593.615), hasta la fecha 89.938 han sido rechazadas, ya sea por temas administrativos o por no cumplir los requisitos, y solo 75 están en proceso de trámite. En tanto, de las peticiones aprobadas (503.806), en total 220.758 son por pacto de autoridad y 283.048 por acuerdo de suspensión.

 

En tanto, del total de empresas informadas hasta la fecha, el 74,2% corresponde a firmas micro con 10 trabajadores o menos; 18,2% a compañías pequeñas con entre 11 y 49 empleados; 3,4% a medianas entre 50 y 199 funcionarios; y el 1,3% fueron organizaciones grandes, de 200 dependientes o más; y otro 2,9% sin información.

 

Por otra parte, en número de trabajadores la distribución es distinta, ya que el 30,9% del total de trabajadores acogidos corresponden a grandes empresas (de más de 200 empleados). Le siguen las micro (26,6%), las pequeñas (26,3%) y las medianas (15,6%).

 

Respecto al mayor alcance que pueda tener la ley en la cantidad de trabajadores amparados por la suspensión laboral, Marcelo Albornoz, ex director del Trabajo, señaló que “el empleador tiene que requerir el beneficio, no basta el acto de la autoridad. Si el empleador no hace el requerimiento, la ley no aplica ni para la empresa ni para el trabajador”.

 

Por último, si la información se observa por sectores, el comercio lidera la cantidad de trabajadores suspendidos con 121.104, que corresponde al 24%; le sigue alojamiento y servicio de comida con 104.845 suspensiones (20,8%); y construcción con 77.886 contratos en pausa (15,5%).

 

 

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