Polémica medida que busca rebajar sueldo a trabajadores en medio de la crisis: ¿es legal?
- Por Diego Ávila.
En el contexto de la pandemia del Covid-19 y el paquete de medidas económicas que anunció el Gobierno, se puso sobre la mesa la baja transitoria de remuneraciones que algunas empresas aplicarían a sus trabajadores por los próximos tres a seis meses como una forma de hacer frente a la crisis económica, lo que ha generado polémica tanto en el sector privado como en el público.
Esto porque fue el mismo ministro de Hacienda, Ignacio Briones, quien plateó a los demás secretarios de Estado aplicar la misma medida y rebajar sus remuneraciones en un 30% como una manera de dar el ejemplo y hacer frente a los nocivos efectos económicos del Coronavirus. “Si bien puede que esto suene a una medida simbólica, los símbolos importan demasiado en una situación como la que viviremos. Esos símbolos nos unen como chilenos”.
Como precedente, está la baja de sueldos de un 50% por tres meses que Latam aplicó a sus trabajadores como una manera de asegurar la sostenibilidad de la firma a raíz del escenario económico que ha generado la pandemia, situación que la directiva del Sindicato de Tripulantes de Cabina Latam (STCLA) creen se extenderá por mucho más tiempo.
Sin duda que esta iniciativa puede traer consecuencias al bolsillo de los chilenos, es por esto que René Rojas, abogado laboralista especialista en remuneraciones y diplomado de normativa laboral, aclaró que la baja de sueldo a los colaboradores de una empresa, “desde el CEO hasta la persona que hace aseo, siempre tiene que ser mediante un anexo de contrato o de mutuo acuerdo, el empleador nunca tiene la facultad de bajarle el sueldo al empleador, en ningún caso. Esto se expresa en el artículo 5 inciso segundo y tercero del código del trabajo.”
Además, en relación al punto anterior, agregó que “la variación económica respecto al piso de la negociación colectiva, cuando hay una mala situación económica el empleador puede, mediante un procedimiento, bajar el piso de la negociación, esto es, sueldo y/o beneficios. Pero sobre rebajas salariales, están exentos las personas que ganan el sueldo mínimo”, finalizó el abogado.
Ante la crisis sanitaria del país, esta solución puede ser de gran ayuda para las empresas que no dan abasto con los costos y la falta de ingresos producto del Covid-19. El llamado consiste en actuar en conciencia en base al panorama de cada privado, de aplicarse la reducción, los tiempos y los porcentajes dependen de cada empresa y del rubro al cual pertenecen.